gepelbaum Publicado 21 de Diciembre del 2015 Compartir Publicado 21 de Diciembre del 2015 Que tal señores! En cumplimiento de la ley n° 3.708, saque turno para mañana porque si no se termina el año y entro en infraccion. Vehiculos patentados con anterioridad al 02/12/2011: Dominios terminados en 0, 1, 2, y 3: hasta el 31/12/2014 Dominios terminados en 4, 5, y 6: hasta el 31/12/2015 Dominios terminados en 7, 8, y 9 hasta el 14/12/2016 Veo muchos autos con la etiqueta del RVA, pero todos 0Km... ningun usado y mucho menos un rata como yo de 16 años. Del club el unico que lei que lo hizo fue chary7dln y en mis circulos nadie va a ir a hacerlo porque consideran que es un choreo. Pregunto... de los dominios terminados entre 0 y 3 alguien no fue? de 4 a 6 tampoco y no tiene intencion de ir? por otro lado... si me chocaron el auto... y debo por cambiar el paragolpe trasero y a demas una puerta no abre producto del palo .... que hago? lo hago o no? o la ley me ampara en este caso hasta que resuelva el problema? gracias! 1 Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
gepelbaum Publicado 21 de Diciembre del 2015 Autor Compartir Publicado 21 de Diciembre del 2015 Que tal señores! En cumplimiento de la ley n° 3.708, saque turno para mañana porque si no se termina el año y entro en infraccion. Vehiculos patentados con anterioridad al 02/12/2011: Dominios terminados en 0, 1, 2, y 3: hasta el 31/12/2014 Dominios terminados en 4, 5, y 6: hasta el 31/12/2015 Dominios terminados en 7, 8, y 9 hasta el 14/12/2016 Veo muchos autos con la etiqueta del RVA, pero todos 0Km... ningun usado y mucho menos un rata como yo de 16 años. Del club el unico que lei que lo hizo fue chary7dln y en mis circulos nadie va a ir a hacerlo porque consideran que es un choreo. Pregunto... de los dominios terminados entre 0 y 3 alguien no fue? de 4 a 6 tampoco y no tiene intencion de ir? por otro lado... si me chocaron el auto... y debo por cambiar el paragolpe trasero y a demas una puerta no abre producto del palo .... que hago? lo hago o no? o la ley me ampara en este caso hasta que resuelva el problema? gracias! 1 Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
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