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Desacuerdo y preocupación por la reforma de la ley de Impuestos


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[h=1]La Cámara de Importadores y Distribuidores de Automotores elabora propuesta ante impuestazo[/h]

 

 

 

 

hy-1.jpgEn un nuevo informe difundido por la Cámara de Importadores y Distribuidores Oficiales de Automotores (CIDOA) vuelve a expresar su desacuerdo y preocupación por la reforma de la ley de Impuestos Internos que será tratada la próxima semana por la Honorable Cámara de Senadores.

Como ya lo señaláramos días atrás, esta reforma producirá graves perjuicios económicos no sólo en los Distribuidores Oficiales de vehículos sino también en las redes de concesionarios y de servicios oficiales con la lamentable pérdida de puestos de trabajo en todo el país.

Debe destacarse que los vehículos de extrazona hacen un importante aporte en impuestos a la Nación ya que el derecho de importación que tributan es de un 35% y también recaudan impuestos como el IVA (21%), a los créditos/débitos, impuestos provinciales y municipales. Adicionalmente las empresas asociadas y sus concesionarios tributan un importante monto en impuesto a las ganancias por el resultado de sus operaciones. El componente impositivo de un auto importado extrazona es hoy cercano al 50% de su precio de venta al público.

Con la aprobación sin modificaciones del proyecto de reforma presentado al Congreso se estima que las ventas caerán drásticamente afectando negativamente la recaudación impositiva.

Hay que considerar que la alícuota de impuestos internos de un 50% significa una tasa efectiva del 100%. Desde el punto de vista de los consumidores los vehículos comprendidos en tasa efectiva del 100% (alícuota del 50%) incrementarán sus precios a público en aproximadamente un 80% (dependiendo de los modelos). Debe tenerse en cuenta que no solo afectará a vehículos del segmento alto sino también al segmento medio, alejando las posibilidades de movilidad de miles de familias que hoy en día acceden a estos modelos de los que no se cuenta con oferta en el mercado con fabricación local.

Consideramos entonces que es incorrecto denominar esta reforma impositiva como un impuesto al “lujo” o a la “alta gama”.

Adicionalmente, y de no fijar alguna clausula de actualización de las bases imponibles, el impuesto afectará día a día mas modelos y llegar incluso a gravar vehículos económicos de la gama baja.

Las modificaciones que respetuosamente solicitamos son las siguientes:

 

  • Escalonamiento: establecer escalas progresivas que permitan que la alícuota sea diferenciada de acuerdo al valor del vehículo, teniendo en cuenta el impacto de las alícuotas en sus respectivas tasas efectivas. Se propone como propuesta morigeradora al proyecto original, las siguientes bases imponibles en PESOS y respectivas alícuotas:

import-1.jpg

 

  • Actualización de dichas escalas teniendo en consideración el tipo de cambio vigente del Banco Nacion del dia hábil inmediato anterior al hecho imponible.
  • Revisar metodología de cálculo del anticipo de impuestos internos en aduana, no tomando en cuenta este impuesto en la base de cálculo para la determinación de la base imponible (con el fin de evitar pagar un anticipo de impuestos internos de productos que finalmente no deben pagarlos al momento de la facturación).
  • Eximir de la aplicación de esta nueva alícuota por un plazo de 90 días desde la vigencia de la ley a la mercadería que se encuentre en cualquiera de estas situaciones:

 

  1. Con DJAI aprobada
  2. En zona portuaria, navegando o con B/L
  3. Con carta de crédito abierta

Desde hace muchos años en CIDOA representamos a comerciantes argentinos que invierten y dan trabajo a miles de argentinos. Nuestras redes cuentan con cientos de concesionarios cuyo trabajo es vender una gama de productos complementarios a la producción local que se verían seriamente amenazados ante la nueva realidad. De avanzar este proyecto sin modificaciones se estaría poniendo en riesgo la estabilidad de miles de puestos de trabajo. Por lo tanto, sugerimos tener en cuenta las siguientes modificaciones con el fin de morigerar en parte las consecuencias negativas enumeradas en el punto 3 que, estimamos, serían irreversibles.

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[h=1]La Cámara de Importadores y Distribuidores de Automotores elabora propuesta ante impuestazo[/h]

 

 

 

 

hy-1.jpgEn un nuevo informe difundido por la Cámara de Importadores y Distribuidores Oficiales de Automotores (CIDOA) vuelve a expresar su desacuerdo y preocupación por la reforma de la ley de Impuestos Internos que será tratada la próxima semana por la Honorable Cámara de Senadores.

Como ya lo señaláramos días atrás, esta reforma producirá graves perjuicios económicos no sólo en los Distribuidores Oficiales de vehículos sino también en las redes de concesionarios y de servicios oficiales con la lamentable pérdida de puestos de trabajo en todo el país.

Debe destacarse que los vehículos de extrazona hacen un importante aporte en impuestos a la Nación ya que el derecho de importación que tributan es de un 35% y también recaudan impuestos como el IVA (21%), a los créditos/débitos, impuestos provinciales y municipales. Adicionalmente las empresas asociadas y sus concesionarios tributan un importante monto en impuesto a las ganancias por el resultado de sus operaciones. El componente impositivo de un auto importado extrazona es hoy cercano al 50% de su precio de venta al público.

Con la aprobación sin modificaciones del proyecto de reforma presentado al Congreso se estima que las ventas caerán drásticamente afectando negativamente la recaudación impositiva.

Hay que considerar que la alícuota de impuestos internos de un 50% significa una tasa efectiva del 100%. Desde el punto de vista de los consumidores los vehículos comprendidos en tasa efectiva del 100% (alícuota del 50%) incrementarán sus precios a público en aproximadamente un 80% (dependiendo de los modelos). Debe tenerse en cuenta que no solo afectará a vehículos del segmento alto sino también al segmento medio, alejando las posibilidades de movilidad de miles de familias que hoy en día acceden a estos modelos de los que no se cuenta con oferta en el mercado con fabricación local.

Consideramos entonces que es incorrecto denominar esta reforma impositiva como un impuesto al “lujo” o a la “alta gama”.

Adicionalmente, y de no fijar alguna clausula de actualización de las bases imponibles, el impuesto afectará día a día mas modelos y llegar incluso a gravar vehículos económicos de la gama baja.

Las modificaciones que respetuosamente solicitamos son las siguientes:

 

  • Escalonamiento: establecer escalas progresivas que permitan que la alícuota sea diferenciada de acuerdo al valor del vehículo, teniendo en cuenta el impacto de las alícuotas en sus respectivas tasas efectivas. Se propone como propuesta morigeradora al proyecto original, las siguientes bases imponibles en PESOS y respectivas alícuotas:

import-1.jpg

 

  • Actualización de dichas escalas teniendo en consideración el tipo de cambio vigente del Banco Nacion del dia hábil inmediato anterior al hecho imponible.
  • Revisar metodología de cálculo del anticipo de impuestos internos en aduana, no tomando en cuenta este impuesto en la base de cálculo para la determinación de la base imponible (con el fin de evitar pagar un anticipo de impuestos internos de productos que finalmente no deben pagarlos al momento de la facturación).
  • Eximir de la aplicación de esta nueva alícuota por un plazo de 90 días desde la vigencia de la ley a la mercadería que se encuentre en cualquiera de estas situaciones:

 

  1. Con DJAI aprobada
  2. En zona portuaria, navegando o con B/L
  3. Con carta de crédito abierta

Desde hace muchos años en CIDOA representamos a comerciantes argentinos que invierten y dan trabajo a miles de argentinos. Nuestras redes cuentan con cientos de concesionarios cuyo trabajo es vender una gama de productos complementarios a la producción local que se verían seriamente amenazados ante la nueva realidad. De avanzar este proyecto sin modificaciones se estaría poniendo en riesgo la estabilidad de miles de puestos de trabajo. Por lo tanto, sugerimos tener en cuenta las siguientes modificaciones con el fin de morigerar en parte las consecuencias negativas enumeradas en el punto 3 que, estimamos, serían irreversibles.

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