thealex7 Publicado 23 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Hola gente el otro dia tube un choque en una esquina, trompa con trompa enla bocacalle, algo comun, pero el otro tipo reclamo lesiones graves a mi seguro, obvio que es mentira, solo tenia un raspon y sangraba en la frente, ni se con que se golpeo, bueno la pregunta es, Mi seguro Sancor debera pagarle lo que pida?? (responsabilidad civil de 3 millones de pesos contra terceros, bienes o personas) Gracias! Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
thealex7 Publicado 23 de Agosto del 2012 Autor Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Hola gente el otro dia tube un choque en una esquina, trompa con trompa enla bocacalle, algo comun, pero el otro tipo reclamo lesiones graves a mi seguro, obvio que es mentira, solo tenia un raspon y sangraba en la frente, ni se con que se golpeo, bueno la pregunta es, Mi seguro Sancor debera pagarle lo que pida?? (responsabilidad civil de 3 millones de pesos contra terceros, bienes o personas) Gracias! Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
AUSTRAL Publicado 23 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Hoal, creo que no, el tipo deberá llevar un certificado médico extendido el dia del accidente donde aclare que tipo de lesiones sufrió y en base a eso lo indemnisan, calculale 1500 pesos maso pagan los seguros si es algo poco, como raspones y algun que otro moretón, pero mandale un MP a Pollo que se dedica al tema seguros y te la canta clara, pero de todas formas, si tenes seguro de que te preocupas si la plata no sale de tu bolsillo, saludos Alfredo Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
thealex7 Publicado 23 de Agosto del 2012 Autor Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Hola gente el otro dia tube un choque en una esquina, trompa con trompa enla bocacalle, algo comun, pero el otro tipo reclamo lesiones graves a mi seguro, obvio que es mentira, solo tenia un raspon y sangraba en la frente, ni se con que se golpeo, bueno la pregunta es, Mi seguro Sancor debera pagarle lo que pida?? (responsabilidad civil de 3 millones de pesos contra terceros, bienes o personas) Gracias! Claro mi preocupacion era que me haga alguna demanda aparte a mi ,pero creo q no se puede hacer eso, mi seguro es el q responde y le pagan todo supongo! gracias Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
MarcosDG Publicado 23 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta En la poliza de tu seguro esta la descripcion de todo lo que cubre tu seguro y tenes cobertura en el caso de lesion hasta a un monto, obviamente ese monto es alto y siempre quedas cubierto Saludos Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
thealex7 Publicado 23 de Agosto del 2012 Autor Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Claro mi preocupacion era que me haga alguna demanda aparte a mi ,pero creo q no se puede hacer eso, mi seguro es el q responde y le pagan todo supongo! gracias Responsabilidad civil es de 3 millones d pesos como en casi todos los seguros! Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
pablosz Publicado 23 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta El tipo tiene que presentar un certificado médico que constate esas lesiones "graves" y que ademas se demuestre que fueron producto del accidente y no de otra cosa. Si no tiene eso veo dificil que lo puedan indemnizar. Igualmente despreocupate que para eso contrataste un seguro...ellos deberian hacerse cargo de todo hasta el tope contratado que como bien dijeron es alto. Saludos, Pablo. Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
Ric Publicado 23 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Hola Ale, como verás, acá siempre vas a encontrar a alguien dispuesto a darte una mano. Por eso mismo es q te pedimos q cumplas con las formalidades básicas del foro y q pases por Presentaciones y Bienvenidas para hacer lo propio. Muchas gracias! Salu2. Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
Pollo Publicado 23 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 23 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta El seguro cubre $ 3.000.000.- hacia terceros y/o cosas de terceros incluyendo lesiones. La Cía. se hace cargo de los reclamos por la vía civil y no judicial. Espero que te haya quedado claro Salu2 Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
AUSTRAL Publicado 26 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 26 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Me parece, si no entendí mal que se hace cargo "hasta" un determinado monto, eso no quiere decir que si por culpa del choque el flaco se quebró una uña y reclama al seguro le van a dar ese monto, es proporsional al daño, hace dos años mi chofer freno de golpe y una minita quilombera dijo que se golpeo la cabeza con el asiento de adelante y el seguro le dio $ 1500,00 . Ahora lo que no entendí Pollo o no sé cual es la diferencia entre reclamar por via civil y la judicial, saludos Alfredo Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
martin alejandro Publicado 26 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 26 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta en principio te digo que no te preocupes, la cia se hace cargo pero no de lo que el tipo se le ocurra pedir sino de lo que la junta medica determine como incapacidad, la misma se mide en puntos y tiene un valor en pesos por cada punto. eso si lo que se tiene que determinar primero es quien fue el culpable del choque, despues recien se ve quien es el que paga, para aclarar lo del tema judicial, las cias, tambien responden en caso de que el reclamo se haga en forma judicial. osea si el tercero en vez de reclamar extradudicialmente a vos o a tu seguro lo hace directamente en juicio. se te notifica a vos y a tu seguro, en ese caso el departamento legal de tu cia. te cita para que le firmes un poder y automaticamente te representan en el juicio, pero esto ocurre en muy pocos casos, la mayoria de las veces arreglan extrajudicialmente ya que es mucho mas rapido. espero te sirva Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
njavier Publicado 26 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 26 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Ale, yo tuve un accidente con lesiones tambien hace dos semanas. A la semana me llamo un estudio de abogados de mi seguro, para pedirme los datos del tercero, iban a comunicarse con el para un acuerdo. En caso que tambien te demandaran a vos el proceso es el que explica Martin, asi textualmente me lo explico mi productor de seguro. Saludos y suerte Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
thealex7 Publicado 27 de Agosto del 2012 Autor Compartir Publicado 27 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Ale, yo tuve un accidente con lesiones tambien hace dos semanas. A la semana me llamo un estudio de abogados de mi seguro, para pedirme los datos del tercero, iban a comunicarse con el para un acuerdo. En caso que tambien te demandaran a vos el proceso es el que explica Martin, asi textualmente me lo explico mi productor de seguro. Saludos y suerte Osea arreglaron entre las compañias? vos ni el otro tuvieron drama? reclamaste lesiones graves? Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
jorgell Publicado 27 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 27 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Una aclaración: el concepto de lesiones leves, graves o gravísimas se relaciona con el Código Penal, para la responsabilidad civil se utiliza un baremo distinto. Saludos Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
Pollo Publicado 27 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 27 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta en principio te digo que no te preocupes, la cia se hace cargo pero no de lo que el tipo se le ocurra pedir sino de lo que la junta medica determine como incapacidad, la misma se mide en puntos y tiene un valor en pesos por cada punto. eso si lo que se tiene que determinar primero es quien fue el culpable del choque, despues recien se ve quien es el que paga, para aclarar lo del tema judicial, las cias, tambien responden en caso de que el reclamo se haga en forma judicial. osea si el tercero en vez de reclamar extradudicialmente a vos o a tu seguro lo hace directamente en juicio. se te notifica a vos y a tu seguro, en ese caso el departamento legal de tu cia. te cita para que le firmes un poder y automaticamente te representan en el juicio, pero esto ocurre en muy pocos casos, la mayoria de las veces arreglan extrajudicialmente ya que es mucho mas rapido. espero te sirva Me parece, si no entendí mal que se hace cargo "hasta" un determinado monto, eso no quiere decir que si por culpa del choque el flaco se quebró una uña y reclama al seguro le van a dar ese monto, es proporsional al daño, hace dos años mi chofer freno de golpe y una minita quilombera dijo que se golpeo la cabeza con el asiento de adelante y el seguro le dio $ 1500,00 . Ahora lo que no entendí Pollo o no sé cual es la diferencia entre reclamar por via civil y la judicial, saludos Alfredo Me expresé mal Fredo como dice Martín el seguro se hace cargo de los reclamos sean judiciales o extra judiciales. Lo que quise poner es que responde civilmente, si te hacen un juicio penal los honorarios de tu abogado son a costa tuya. Abz Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
thealex7 Publicado 28 de Agosto del 2012 Autor Compartir Publicado 28 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Me expresé mal Fredo como dice Martín el seguro se hace cargo de los reclamos sean judiciales o extra judiciales. Lo que quise poner es que responde civilmente, si te hacen un juicio penal los honorarios de tu abogado son a costa tuya. Abz Ahora pregunto, para que te hagan un juicio penal, ya tiene q ser algo muy grave con pruebas y todo, tiene q ser una muerte o algo asi muy serio, sino no puede ganar nada en un juicio penal! se le rien en la cara! Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
Pollo Publicado 28 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 28 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta El tema es que si ganás un juicio penal, ya tenes ganado el civil Abz Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
adrianeb15 Publicado 28 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 28 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Hola, como andas? (trabajo en seguros, en el area de siniesatros) El tercero ( la otra persona involucrada en el siniestro ) puede reclamar lo que quiera, siempre hay representantes legales que inflan ya sean presupuestos, o lesiones, para negociar mejor con la cñia de seguros, de todas maneras al "lesionado" seguramente le haran una junta medica para comprobar que haya las lesiones que declaró. y de ahi le haran un ofrecimiento al damnificado.- Saludos!!!! Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
thealex7 Publicado 29 de Agosto del 2012 Autor Compartir Publicado 29 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Hable con la otra persona, me dijo q el solo ocnto como fue, que solo le dieron 2 puntos en la cabeza, y digamos q no va hacer ningun lio ni exagerar ni mucho menos ,mejor q se lo tomo asi! hasta me dijo gracias por llamar y por preocuparme! jeje Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
cura Publicado 29 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 29 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Hola, si mal no recuerdo, el tercero tiene 2 años para poder iniciar una demanda. Por ese motivo las compañías tratan de llegar a un arreglo lo antes posible, firman de acuerdo y finalizado el tramite. Saludos. Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
njavier Publicado 29 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 29 de Agosto del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Osea arreglaron entre las compañias? vos ni el otro tuvieron drama? reclamaste lesiones graves? Yo al otro no le reclamé nada, porque en realidad no me paso nada. Y no se como sigue el tema porque no me pude comunicar mas con el flaco a ver que le ofrecio el seguro. Cualquier novedad te comento. Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
meganero Publicado 30 de Agosto del 2012 Compartir Publicado 30 de Agosto del 2012 (editado) Re: Choque con lesiones - Consulta Art 109 Ley 17.418 "Art. 109. El asegurador se obliga a mantener indemne al asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la responsabilidad prevista en el contrato, a consecuencia de un hecho acaecido en el plazo convenido." Simple en caso que te demanden a vos, citas en garantia a la Cia de Seguros... Ahora pregunto, para que te hagan un juicio penal, ya tiene q ser algo muy grave con pruebas y todo, tiene q ser una muerte o algo asi muy serio, sino no puede ganar nada en un juicio penal! se le rien en la cara! [h=1]Artículo 1102. Cod Civil[/h]Después de la condenación del acusado en el juicio criminal, no se podrá contestar en el juicio civil la existencia del hecho principal que constituya el delito, ni impugnar la culpa del condenado. [h=1]Artículo 1103. Cod Civil[/h]Después de la absolución del acusado, no se podrá tampoco alegar en el juicio civil la existencia del hecho principal sobre el cual hubiese recaído la absolución. Editado 30 de Agosto del 2012 por meganero Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
njavier Publicado 1 de Septiembre del 2012 Compartir Publicado 1 de Septiembre del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Artículo 1102. Cod Civil Después de la condenación del acusado en el juicio criminal, no se podrá contestar en el juicio civil la existencia del hecho principal que constituya el delito, ni impugnar la culpa del condenado. Artículo 1103. Cod Civil Después de la absolución del acusado, no se podrá tampoco alegar en el juicio civil la existencia del hecho principal sobre el cual hubiese recaído la absolución. Perdon muchachos pero hay algo que no estoy entendiendo, si se trata de un caso de lesiones culposas, cual es el sentido de un juicio penal? se supone que nadie va a ir preso por un hecho de esas caracteristicas. O el juicio penal tiene otro objetivo ademas de intentar mandar en cana a alguien? Gracias!! Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
meganero Publicado 1 de Septiembre del 2012 Compartir Publicado 1 de Septiembre del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Perdon muchachos pero hay algo que no estoy entendiendo, si se trata de un caso de lesiones culposas, cual es el sentido de un juicio penal? se supone que nadie va a ir preso por un hecho de esas caracteristicas. O el juicio penal tiene otro objetivo ademas de intentar mandar en cana a alguien? Cite los arts ya que precedentemente hicieron referencia a la accion penal... Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
jorgell Publicado 1 de Septiembre del 2012 Compartir Publicado 1 de Septiembre del 2012 Re: Choque con lesiones - Consulta Homicidio culposo (Art. 84.-Será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitaciónespecial, en su caso, por cinco a diez años, el que por imprudencia,negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de losreglamentos o de los deberes de su cargo, causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dosaños si fueren más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, oantirreglamentaria de un vehículo automotor.- (Nota: texto conforme ley Nº. 25.189) Lesiones culposas Art. 94.- Se impondrá prisión de un mes a tresaños o multa de mil a quince mil pesos e inhabilitación especial por uno acuatro años, al que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte oprofesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, causarea otro un daño en el cuerpo o en la salud. Si las lesiones fueran de lasdescriptas en los artículos 90 o 91 y concurriera alguna de las circunstnciasprevistas en el segundo párrafo del artículo 84, el mínimo de la pena previstaen el primer párrafo, será de seis meses o multa de tres mil pesos e inhabilitaciónespecial por dieciocho meses.- (Nota: texto conformeley Nº.25.189 Citar Enlace para comentar Compartir en otros sitios Más opciones de compartir...
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